El Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador negó la despenalización del aborto para víctimas de violación y en casos de incesto, estupro o inseminación no consentida. Solo una mujer que padezca una discapacidad mental y quede embarazada como producto de una violación puede practicarlo sin ser criminalizada por ello. Las demás serán perseguidas.
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